Ante la alarma generada sobre la contaminación del suelo de las antiguas cocheras de la EMT y las posibles afecciones del proceso de descontaminación, hemos recogido toda la información y las iniciativas que están llevando a cabo la Asociación y los vcinos más afectados en este blog:
http://descontacocheraemt.blogspot.com/
Las cocheras de la EMT en Carabanchel Alto han sido declaradas suelos contaminados por la Comunidad de Madrid. La EMT, está obligada a su descontaminación. Los trabajos necesarios generaran ruidos y emisiones contaminantes en una zona urbana densamente poblada, con centenares de viviendas adyacentes y un colegio a escasos metros.
Contaminación en las cocheras
En sendos estudios realizados en Junio de 2005 y septiembre de 2007 Se han detectado Hidrocarburos Totales en la Zona de Aparcamiento e Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos en la zona de los depósitos de gasóleo. El volumen de de suelo afectado puede superar los 2.000 m3 -3600 Tm y será necesario remover más de 7200 m3 de terreno.
Creemos que no se han realizado estudios de suelos en la zona de talleres.
Peligro que representan los suelos contaminados
Las tierras contaminadas y los Hidrocarburos que contienen están declarados residuos peligrosos por la normativa española y comunitaria.
El previsible uso residencial del suelo implica la existencia de potenciales riesgos inaceptables para la salud humana por ingestión accidental del suelo y por contacto dérmico con este.
La descontaminación debe realizarse
Así lo dice la lógica y la legislación que impide edificar sobre terrenos declarados contaminados.
En las superficies declaradas como suelo contaminado sólo podrán llevarse a cabo los usos de limpieza y recuperación, hasta que el suelo deje de estar contaminado y así se declare por resolución expresa.
No olvidemos que el suelo se destinará a uso residencial
Legalmente La descontaminación debe realizarse por el propietario del terreno, la EMT. La empresa a quien se ha encomendado el trabajo es Geocisa.
Consecuencias de la descontaminación para los vecinos y vecinas
a) Emisiones de CO2 en el mejor de los casos, en el peor, se producirán emisiones de productos muy tóxicos
La excavación del terreno, el transporte de las tierras, etc. Producirá emisiones de CO2 y de partículas en suspensión, que pueden trasladarse a las zonas colindantes si no se introducen mecanismos para impedirlo.
La descontaminación de las tierras se realizará mediante incineración in situ, en las mismas cocheras, mediante unos equipos portátiles.
El procedimiento elegido, desorción térmica, somete La tierras a un calentamiento entre 200 y 600 grados centígrados en un horno de desorción para volatilizar los contaminantes.
Posteriormente, la corriente de aire formada por vapores contaminados por hidrocarburos, material orgánico y partículas se introduce en un horno de postcombustión en el que se someten entre 760 y 1.200 grados centígrados.
Una vez finalizado el tratamiento, si todo ha ido bien, se lleva a cabo la emisión a la atmósfera de CO2 y de agua, mediante una chimenea. Si algo funciona mal se emitirán contaminantes muy nocivos.
La Asociación de Vecinos de Carabanchel Alto considera que la desorción térmica in situ representa una incineración, la Comunidad de Madrid, la EMT y la empresa Geocisa, no.
La Asociación de Vecinos de Carabanchel Alto ha pedido que las tierras se descontaminen en un lugar adecuado, alejado de zonas urbanas y sin afectar al medio ambiente. La Comunidad de Madrid, por razones que desconocemos, y la EMT, por suponer “demasiado coste” rechazan esta opción.
El coste de la descontaminación in situ es de medio millón de euros. Tratar las tierras un lugar adecuado cuesta algo más de dos millones de euros. La EMT ha pretendido vender los terrenos por 75 millones de euros y es una empresa saneada y con una elevada cifra de negocio. ¿Es tan elevado el coste de hacer las cosas bien?, recordemos que quien ha contaminado sus terrenos es la propia EMT y los vecinos no tienen por qué sufrir las consecuencias.
b) Emisiones de ruidos
EMT y la Empresa a la que ha encargado la descontaminación, pretenden trabajar de 8:00 de la mañana a 10:00 de la noche, produciendo , según ellos, 105 dBa en la excavación mecánica, 80 dBa con el trasporte de tierras dentro de la obra y 90 dBa por el tratamiento mediante desorción térmica. En la práctica nada nos dice que los ruidos no pueden ser mayores.
La A.VV ha pedido que los trabajos se realicen en un horario que no afecte a la salud y bienestar de los vecinos: de 9:00 de la mañana a 6:00 de la tarde y que se instalen medidas de apantallamiento acústico.
La Comunidad de Madrid no protege a los vecinos y vecinas e incumple la ley
La Comunidad de Madrid afirma en una resolución que la descontaminación de los terrenos de la EMT no debe someterse a ningún procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. No obstante con objeto de establecer las máximas garantías ambientales, se deberá someter a evaluación ambiental de actividades, de competencia municipal.
Se priva así a los vecinos y vecinas de la protección que supone el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental que debería realizar la Comunidad de Madrid a favor de otro, La evaluación Ambiental de Actividades, con menores requisitos y protección, a priori, y que se encomienda al Ayuntamiento de Madrid. ¿Será el Ayuntamiento imparcial?, es el propietario de la EMT e indirectamente de los terrenos contaminados.
La ley 2/2002, de 19 de junio de Evaluación Ambiental de la comunidad de Madrid, estable que debe someterse obligatoriamente a Evaluación de impacto ambiental, por la propia comunidad de Madrid, Las Instalaciones de incineración de residuos peligrosos, Las instalaciones en las que se lleven a cabo operaciones de valorización de residuos peligrosos con capacidad de tratamiento superior a 300 Tm/año y las instalaciones de incineración de residuos no peligrosos, las instalaciones de eliminación de residuos peligrosos mediante tratamientos físicos tales como, desinfección térmica, condensación u operaciones asimilables, con una capacidad de tratamiento superior a 1.500 Tm/año, Las instalaciones de incineración o valorización energética de residuos no peligrosos, así como las de eliminación de dichos residuo mediante tratamiento químico.
Así pues no hay lugar a la duda: La Comunidad de Madrid debe realizar la Evaluación Ambiental.
Pero la ley anterior va mucho más allá y establece que entre los criterios para la posible significación de las repercusiones sobre el medio ambiente debe considerarse la sensibilidad ambiental de las áreas que puedan verse afectadas por proyectos o actividades (en este caso de descontaminación de suelos) como son las áreas de gran densidad demográfica y que la actividad se sitúe a menos de 1000 metros de una zona residencial.
En nuestro caso la Comunidad de Madrid ha obviado totalmente lo anterior y simplemente ha considerado que la actividad de descontaminación tendrá un carácter temporal y restringido a los límites de la parcela.
La EMT se ha negado a mejorar los mecanismos de control de ruidos y a suministrar las mediciones de éstos y de contaminantes a los vecinos
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio únicamente ha pedido que se le entregue una síntesis de los informes de control de emisiones gaseosas y ruido una vez finalicen los trabajos de descontaminación.
La EMT se ha negado a suministrar a la Asociación de Vecinos los informes de control de ruidos y emisiones inmediatamente después de que se realicen y a incrementar la periodicidad de los mismos. Se ha solicitado que los controles, cuanto técnicamente sea posible, se hagan en continuo en lugar de periódicamente. Esto no ha sido aceptado y tampoco que se hagan mediciones adicionales por otras empresas para garantizar la veracidad de los realizados por Geocisa.
Nuestro objetivo es que los vecinos estén informados durante los trabajos de descontaminación de todo lo que afecte a su salud y bienestar y, en su caso, que se paralice la actividad si se incumple la normativa. Una vez concluyan los trabajos nada se podrá hacer al respecto y podríamos padecer ruidos y emisiones nocivas para nuestra salud sin saberlo y sin posibilidad de evitarlos.
Por negarse a todo, la EMT se ha negado hasta a realizar mediciones de ruidos en el interior de las viviendas. ¿Si no se cumple la normativa de ruidos dentro de nuestras viviendas, se cumplirán fuera?.
Se elige la desorción térmica in situ, en los propios terrenos de la EMT, y no otras opciones que descontaminen fuera de los mismos, por ser lo más barato
a) La EMT impone que la descontaminación se haga en cuatro meses en el pliego de condiciones para adjudicar los trabajos. No existen causas legales, técnicas, económicas y medioambientales que exijan terminar en cuatro meses.
Se descartan otras alternativas de menor impacto ambiental a priori por exceder el plazo de cuatro meses como el tratamiento mediante biopilas.
b) Elige la opción más económica. En el mismo pliego de condiciones la EMT impone que el coste esté entre 450.00 y 525.00 euros.
Por esta razón se descarta la alternativa del lavado de los terrenos.
c) Se descarta el tratamiento ex -situ (en otro lugar), según la EMT, por impedirlo la legislación. Esto es que es totalmente falso. La legislación prioriza el tratamiento in situ pero no proscribe en modo alguno el tratamiento ex situ. Es más la legislación exige que la recuperación de un suelo contaminado se lleve a cabo aplicando las mejores técnicas disponibles en función de las características de cada caso.
La EMT Afirma también que el traslado de la tierra contaminada para tratarla en otro lugar tendría un gran impacto ambiental y social por el trasiego de camiones durante el traslado. ¿No hemos soportado trasiego de camiones durante la construcción de la Línea 11 y lo hemos soportado al ser algo necesario y lógico?
El coste de hacer un tratamiento fuera del casco urbano (ex situ) cuesta de cuatro a cinco veces más que la desorción in-situ (sobre el terreno). Esa es la única realidad y lo único importante para la EMT.
A la EMT no le basta con obtener enormes plusvalías con la venta de los terrenos de las cochera quiere gastar lo mínimo en la descontaminación y poder vender los terrenos.
La EMT elige la opción más barata aun acosta de posibles riesgos para la salud de los vecinos y vecinas que viven o estudian en las proximidades de las cocheras. Esta es la realidad y la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio lo está permitiendo.
Próximos pasos que dará la Asociación de Vecinos
Impugnar las resoluciones de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio que permiten realizar el tratamiento de las tierras contaminadas in situ (en los propios terrenos) y que confieren la Evaluación Ambiental de las consecuencias de la descontaminación al Ayuntamiento. Pediremos que la descontaminación se haga ex situ y que el resto de trabajos sean sometidos a una exhaustiva Evaluación Ambiental por la Comunidad de Madrid.
Informar mediante reuniones y asambleas a los vecinos afectados.
Campañas para que el tratamiento de las tierras contaminadas se realice fuera del núcleo urbano y sin afectar al medio ambiente y con las mayores garantías ambientales y trasparencia informativa a los vecinos y vecinas.
Mucha más información en el blog creado a propósito, aquí